DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE SISTEMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACIÓN (RD 1007/2023)
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1. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL FABRICANTE/COMERCIALIZADOR
- Nombre o Razón Social: Antonio Ruiz Jimenez
- NIF: 45480645P
- Domicilio Fiscal: Calle Castellassa 9 Terrassa
- Teléfono de Contacto: 652326791
- Correo Electrónico: info@taskfactura.es
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2. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE FACTURACIÓN (SIF)
- Nombre comercial del Software: TaskFactura
- Nombre de dominio o acceso: taskfactura.es (https://taskfactura.es)
- Identificador del Software (SIF-ID): 77 (Identificador único 77)
- Versión del Software (SIF-V): 3.4.8
- Sistema Operativo/Entorno: Web/Cloud (Multiplataforma)
- Fecha de Puesta en Servicio de esta versión adaptada: 2025-10-01 Es versión prueba - El envío real será a partir del 2026 Enero.
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3. DECLARACIÓN JURADA Y CERTIFICACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS
En calidad de responsable del desarrollo y/o comercialización del software denominado "TaskFactura" (SIF-ID: 77), y conforme al Real Decreto 1007/2023, declaro bajo mi responsabilidad que el software en su versión 3.4.8 cumple y garantiza de forma ininterrumpida los siguientes requisitos:
- A. Generación y Remisión Forzada (VeriFactu): TaskFactura genera un Registro de Facturación en formato XML por cada factura expedida y fuerza la remisión de este registro a la AEAT (VeriFactu) en el momento inmediatamente anterior o simultáneo a su expedición. No permite la creación de facturas si la remisión a la AEAT es rechazada o desactivada.
- B. Inalterabilidad y Trazabilidad (Hash Encadenado): Garantiza la integridad, conservación y trazabilidad mediante la generación de un código hash encadenado que incluye la huella del registro de facturación anterior, asegurando la secuencia cronológica y la inviolabilidad de los datos.
- C. Código QR y Firma Electrónica:
- Todas las facturas incorporan un Código QR con el contenido y formato exigidos para su cotejo en la Sede Electrónica de la AEAT.
- El software permite el uso de certificados digitales del Obligado Tributario para la firma electrónica de la comunicación, garantizando la autenticidad del emisor en el envío SOAP.
- D. Registro de Eventos: El sistema registra de manera inalterable y encadenada todos los eventos, operaciones y accesos que puedan comprometer el proceso de facturación, tal como exige la normativa.
- E. Prohibición de Doble Uso: El software no contiene funcionalidad alguna para la alteración o borrado de los registros de facturación ya creados, ni permite el denominado "doble uso" o la ocultación de transacciones, cumpliendo con la prohibición establecida en el artículo 165 de la Ley General Tributaria.
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4. COMPROMISO Y VIGENCIA
Esta declaración es válida a partir de la Fecha de Puesta en Servicio indicada. Nos comprometemos a mantener la conformidad del software con las disposiciones legales vigentes y a comunicar a los usuarios y a las autoridades competentes cualquier medida correctora adoptada ante la detección de incumplimientos.
Lugar y Fecha: Terrassa Junio del 2025
Firma del Declarante (o Representante Legal):